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Artículos de equipaje prohibidos
Artículos de equipaje prohibidos
Por su seguridad, y en cumplimiento de normativas internacionales, se imponen determinadas restricciones a los elementos que puede llevar en el equipaje de mano o en la cabina.
Para evitarle retrasos a usted y a otros pasajeros, le pedimos que coloque en el equipaje facturado los elementos que puedan ocasionar lesiones o no cumplan con las directrices de seguridad y protección para transporte en el equipaje de mano. Estos elementos deben estar embalados adecuadamente para su transporte como equipaje facturado, de acuerdo con las normas sobre transporte de artículos peligrosos de la Asociación de Transporte Terrestrte Internacional y las normativas locales pertinentes.
Prohibidos
Artículos peligrosos
Los artículos peligrosos se definen como elementos o sustancias que podrían poner en riesgo la salud o la seguridad de los clientes. El transporte de dichos artículos está regulado por normas de la aviación civil internacional y, por lo general, no se los admite como equipaje de mano o facturado, con algunas excepciones.
Consulte la siguiente tabla para determinar cuáles están clasificados como Artículos Peligrosos, cuáles se permiten en el equipaje y cuáles deben declararse en el aeropuerto.
No permitido en el equipaje de mano
Categoría
Ejemplos de Artículos
Pistolas, armas de fuego y otros dispositivos que disparen proyectiles diseñados para ocasionar lesiones graves mediante el disparo de proyectiles o que puedan confundirse con dichos dispositivos, incluidos juguetes, antigüedades y réplicas
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Armas de fuego de todo tipo, incluidas pistolas, revólveres, rifles y escopetas
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Pistolas de juguete, réplicas e imitaciones de armas de fuego que puedan confundirse con armas reales
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Piezas de armas de fuego (incluidas miras telescópicas)
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Armas de aire comprimido y CO2, incluidas pistolas, armas de perdigones y pistolas de balines
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Bengalas de señalización y pistolas de fogeo
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Arcos, ballestas y flechas
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Armas que disparen arpones; Hondas y catapultas
Objetos con puntas o bordes afilados que podrían usarse para ocasionar lesiones graves
Elementos diseñados para cortar, como hachas, hachuelas y cuchillas
- Piquetas y punzones para hielo
- Cuchillas de afeitar y cortantes
- Cuchillos con hojas de más de 6 cm
- Tijeras con hojas de más de 6 cm medidas desde el eje
- Equipo para artes marciales con puntas o bordes afilados - Espadas y sables
Herramientas de trabajo que podrían usarse para ocasionar lesiones graves
Palancas
- Taladros y brocas, incluidos los taladros eléctricos sin cable
- Herramientas con filos u ejes de más de 6 cm que podrían usarse como armas, tales como destornilladores y cinceles
- Sierras, incluidas la sierras portátiles eléctricas sin cable
- Sopletes - Pistolas de pernos y de clavos
Instrumentos contundentes : objetos que podrían usarse para ocasionar lesiones graves al golpear con ellos
Bates de béisbol y softball
- Palos y bastones, como porras y cachiporras
- Equipo para artes marciales
Dispositivos explosivos o con sustancias incendiarias (incluidas sus réplicas) que podrían usarse para ocasionar lesiones graves o poner en peligro la seguridad del avión
Munición
- Cápsulas fulminantes
- Detonadores y fusibles
- Minas, granadas y otros explosivos de uso militar
- Elementos de pirotécnica, incluidos fuegos artificiales
- Recipientes o cartuchos que generen humo - Dinamita, pólvora y explosivos plásticos
*Consulte «Permitidos con condiciones» si desea más información sobre el transporte de equipo médico y de aseo personal, munición deportiva y munición de seguridad
No permitido en el equipaje facturado
Categoría
Ejemplos de Artículos
Sustancias corrosivas
Sustancias oxidantes y peróxidos orgánicos
Mercurio, ácidos, álcalis y baterías de celda húmeda
Sustancias infecciosas como bacterias y virus
Venenos como insecticidas, herbicidas, arsénico y cianuros
Material radioactivo
Blanqueadores y kits de reparación de fibra de vidrio
Gases comprimidos* (a baja temperatura, inflamables, no inflamables y venenosos)
Líquidos y sólidos inflamables
Explosivos
Butano, oxígeno*, propano y botellas de aire comprimido
Combustibles ligeros o pesados, pinturas y cerillas de todo tipo*
Fuegos artificiales, bengalas, munición*, petardos navideños y armas de fuego.
Vehículos eléctricos pequeños
Los vehículos pequeños alimentados por baterías de litio no están permitidos como equipaje de mano ni facturado, independientemente de la clasificación de vatios-hora de la batería de tales dispositivos.
Permitidos con condiciones
Además de las restricciones anteriores sobre artículos que puede transportar en el equipaje facturado y de mano, tenga presente lo siguiente:
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Los medicamentos y artículos de tocador en pequeñas cantidades están permitidos.
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Munición deportiva: es posible transportar hasta 5 kg en el equipaje facturado si está correctamente embalada. Comuníquese con la oficina local de Tango para obtener autorización.
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Las cerillas de seguridad pueden llevarse consigo.
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Los líquidos, aerosoles y geles pueden transportarse en el equipaje de mano en recipientes individuales cuya capacidad no supere los 100 ml (o su equivalente) colocados en una bolsa plástica transparente que pueda sellarse cuya capacidad no supere un litro (o su equivalente) El contenido de la bolsa plástica debe caber cómodamente y esta debe estar totalmente cerrada. El tamaño de la bolsa plástica no debe superar los 20 cm x 20 cm (8 pulg. x 8 pulg.). Se permitirá el transporte en forma líquida de medicamentos, leche/alimentos para bebés y en el caso de requisitos dietarios especiales.
Vehículos eléctricos pequeños
Los líquidos, aerosoles y geles pueden transportarse en el equipaje de mano en recipientes individuales cuya capacidad no supere los 100 ml (o su equivalente) colocados en una bolsa plástica transparente que pueda sellarse cuya capacidad no supere un litro (o su equivalente) El contenido de la bolsa plástica debe caber cómodamente y esta debe estar totalmente cerrada. El tamaño de la bolsa plástica no debe superar los 20 cm x 20 cm (8 pulg. x 8 pulg.). Se permitirá el transporte en forma líquida de medicamentos, leche/alimentos para bebés y en el caso de requisitos dietarios especiales.
Sustancias semejantes a polvo
Las sustancias semejantes a polvo cuyo volumen sea de 350 ml (12 oz) o más no están permitidas en el equipaje de mano y están sujetas a controles adicionales.
Cualquier sustancia semejante a polvo cuyo volumen supere la cantidad permitida deberá colocarse en el equipaje facturado. Se exceptúan de esta restricción las sustancias semejantes a polvo que correspondan a prescripciones médicas, fórmulas para bebés y restos humanos.
Las sustancias semejantes a polvo adquiridas en las tiendas Duty Free deberán colocarse en bolsas de seguridad (STEB) correctamente selladas.